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Torontanagua

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Estatuto Universitario
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Título I. Principios
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Artículo 1o.-
El fin de la Universidad es aumentar la capacidad intelectual de los centroamericanos, y de cualesquiera otros que deseen enseñar o aprender. Le será ajeno cualquier tipo de discriminación.
Artículo 2o.-
La libertad de enseñanza y apredizaje es el fundamento del quehacer universitario, dándole énfasis y prioridad a las necesidades de los estudiantes. Esto se logrará garantizando que los estudiantes, tengan siempre más influencia que el personal docente en la definición de los programas de estudios. Serán los estudiantes los que definan qué es lo que ellos desean aprender.
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Título II. Grados Académicos
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Artículo 3o.-
Los grados se otorgarán tras el cumplimiento de la residencia de estudios establecida para cada uno. Dichos grados son: Diplomado, Consultor, Especialista y Cognitario. La universidad puede considerar nuevos grados, dependiendo de las necesidades cambiantes de los estudiantes.
Artículo 4o.-
Será responsabilidad de los alumnos y de los maestros, la forma y técnicas de enseñanza. La remuneración financiera para los maestros será también responsabilidad de los alumnos y maestros. La universidad no le pagará o cobrará ni a los maestros ni a los alumnos. Tanto el contenido de cada curso, como la duración del mismo deberá ser fijado por mutuo acuerdo entre el estudiante y el maestro. El estudiante debe ser quien defina el criterio de evaluación del curso, pues el énfasis debe estar en aprender, no tanto en enseñar. Una vez llegado a un acuerdo entre el estudiante y el maestro, uno de ellos deberá registrar el curso propuesto. Para ello, la universidad espera recibir un documento detallando el plan de estudio. Este plan de estudio, incluyendo los nombres de ambos -estudiante y maestro- será publicado en la sección Estudios en Progreso. Dicho
plan tiene que contener las fechas de inicio y término del curso, como también el grado académico a que se aspira. Tras revisar el plan, la universidad informará al estudiante si las condiciones de aprendizaje estipuladas ameritan el grado académico deseado. Al concluir el curso, el estudiante deberá enviar el resultado de su aprendizaje para ser publicado por la universidad. Si este resultado cumple con el criterio establecido en el plan inicial del curso, la universidad otorgará el grado académico al estudiante.
Torontanagua, 3 de Agosto de 1997.
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Cualquier sugerencia o comentario puede ser enviado al Fundador de Torontanagua, René Sandino Monterrey,
a la siguiente dirección electrónica: renesandino@hotmail.com.
Se le agradece de antemano su participación.
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